miércoles, 23 de septiembre de 2009

Circular Informativa 1ª ( 23-09-09)





Estimados padres:

Comienza el nuevo curso escolar 2009/10 y desde la Asociación de Padres y Madres queremos dar la Bienvenida a los alumnos, sus familias, y al profesorado del centro.

Muchos de vosotros ya nos conocéis, y esperamos sigáis depositando vuestra confianza en el AMPA como en el curso anterior. Permitir, que aprovechemos está ocasión para dar la bienvenida especialmente a las familias de los nuevos alumnos que toman contacto con el Instituto por primera vez, transmitiendo un mensaje tranquilizador, sobre todo para vuestros hijos que en muchos casos se encontrarán temerosos del cambio que van a experimentar: aunque resulta un cambio importante no deben preocuparse, la experiencia nos demuestra que la adaptación es mucho más rápida y desde luego mucho mas sencilla de lo que en un principio pensamos todos.


Cuando nuestros hijos llegan a Educación Secundaria todos en mayor o menor medida nos desentendemos un poco porque la mayoría van al centro solos, ya son mayores, pero no caigamos en el error de desvincularnos totalmente del instituto porque es nuestra tarea velar, exigir y apoyar al centro por una mayor calidad de enseñanza para nuestros hijos, y para ello es necesario la existencia de la asociación, la cual pende de un hilo muy fino sino encontramos apoyo por parte de las familias.


El AMPA es un medio de comunicación entre el Centro y los Padres, así como también un medio eficaz de fuerza en aquellos aspectos donde la directiva del centro por su función no puede llegar.


Entre los objetivos para este curso sirvan de ejemplo los siguientes:

1.- La solicitud de un Logopeda.

En Educación Primaria cuando nuestros hijos han tenido alguna carencia lingüística han estado atendidos por profesionales mientras que en Educación Secundaria la figura del logopeda desaparece por completo y aquellos alumnos que aun siguen necesitando de un apoyo extra, tienen que buscar un profesional particular y hay muchas familias que no se pueden permitir ese gasto adicional. Además, entendemos que al igual que existen programas de integración para extranjeros, ayudandoles con el aprendizaje de la lengua castellana, no es mucho menos importante ayudar a los alumnos que tienen dificultades lingüísticas y que siendo españoles se ven discriminados e olvidados por la Consejería de educación de la Comunidad de MADRID y que están evocados a un más que posible fracaso escolar.


2.- Conseguir mayor equipamiento para el centro.

Laboratorio, informática, biblioteca, etc.


3.- Taller de Maquetismo.

Como pueden ser Warhammer, aeromodelismo ..., y que va destinada a los alumnos que quieren realizar una actividad extraescolar diferente a las deportivas (las cuales ya están cubiertas por el ayuntamiento) y para los socios será subvencionada por el AMPA.



4.- Aumentar la colaboración con el centro.

Nuestra intención es crear una vía de colaboración con la directiva del IES Gaspar Sanz, para encauzar las aportaciones e ideas procedentes de los padres, que puedan ayudar a enriquecer la vida escolar en beneficio de nuestros hijos y dotar de mayor prestigio al Centro y a sus profesores.


Como la mayoría sabéis, el “AMPA IES Gaspar Sanz” ha estado a punto de desaparecer por falta de colaboración e implicación de los padres. Por eso, os hacemos llegar la necesidad que tiene nuestra asociación de contar con mayor participación activa de los padres de los alumnos.


El AMPA esté año tiene grandes proyectos, los cuales sólo se podrán llevar acabo si todos ponemos nuestros granito de arena. Por ello, si no puedes ofrecer tu participación activa, al menos danos tu respaldo haciendote socio y así tendremos mayor fuerza a la hora de presentar peticiones a la Consejería De Educación De La Comunidad De Madrid y al Ayuntamiento, como también en el Consejo Escolar del Centro.

Por último, convocaros a la primera reunión de este curso que se celebrará el miércoles 7 de octubre a las 16:30h en la biblioteca del centro. Desde este momento quedamos a vuestra entera disposición para todo aquello que necesitéis. En el membrete de arriba figura nuestro número de teléfono y correo electrónico a donde os podéis dirigir. También os incluimos una ficha para que todos aquellos que así lo deseen pasen a formar parte de la asociación.

Para facilitar la renovación e inscripción de nuevos socios, el horario del AMPA de forma excepcional desde el 28 de Septiembre hasta el 2 de octubre será de Lunes a Viernes de 8:00 a 9:00h y de 13:15 a 14:15h. Si ese horario no es compatible con el vuestro, no habría ningún problema en entrevistarnos en otro momento si lo consideráis necesario. Solo tenéis que hacérnoslo saber por teléfono o email.

En la página web del Instituto tenéis mucha información, tanto académica como de actividades, que os puede resultar interesante: http://www.educa.madrid.org/web/ies.gasparsanz.meco/

En ella tenéis un enlace con información de nuestra asociación: http://www.educa.madrid.org/web/ies.gasparsanz.meco/ampa.htm

“Buen Curso” a todos, padres, alumnos y profesorado.

En Meco, a 23 de Septiembre de 2009.

La Presidenta





FICHA DE INSCRIPCIÓN

Nombre y apellidos del padre/madre: ______________________________________________________________________

Nombre y apellidos del alumno: ______________________________________________________________________

Curso:________ Fecha de nacimiento:_______________

Dirección postal:

Calle_______________________________________nº________Piso_______

Código Postal:________

Telefono fijo______________ Telëfono móvil______________

E-mail:_____________________________________________________________

(por favor, sed claros sobre todo en el correo electrónico, nos está dando muchos problemas)

______________________________________________________________________________________________

Instrucciones de Ingreso o Transferencia



1º) Ingresar o transferir la cantidad de 20 Euros en la siguiente C/C de Ibercaja: 2085 7710 75 03 301480-63 a nombre del AMPA en concepto de cuota anual. (Para evitar confusiones, interesa que el nombre del ordenante de la transferencia sea el mismo que el de padre/madre de esta ficha).

2º) Rellenar y hacernos llegar esta ficha, junto con el resguardo de ingreso/transferencia (original o fotocopia). Podéis hacerlo: personalmente, através de vuestros hijos, por correo electrónico (escaneando el resguardo) o bien por correo postal a la siguiente dirección:

AMPA IES Gaspar Sanz Av. del Acueducto nº 3 Meco 28880 Madrid

Si os resulta más cómodo podéis hacer el pago en efectivo en la sala del AMPA del instituto en el horario indicado en la anterior página.

miércoles, 16 de septiembre de 2009

Estatutos

Estatutos

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN

CAPÍTULO I

DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO

Artículo 1.- Denominación.

Con la denominación de AMPA Sección Meco "Antonio Machado", se constituye una Asociación de Padres de Alumnos en el Instituto de Educación Secundaria Gaspar Sanz ,que imparte formación en los niveles de educación secundaria, al amparo del artículo 22 CE, que se regirá por la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y el Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio por el que se regulan las asociaciones de padres de alumnos, así como por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación y normas concordantes y las que en cada momento le sean aplicables y por los Estatutos vigentes.


Artículo 2.- Fines.

La Asociación tiene como fines:

1) Asistir a los padres, tutores o representantes legales de alumnos en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos.

2) Colaborar con las actividades educativas del centro en coherencia con el carácter propio del Centro y el Proyecto Educativo que tiene establecido.

3) Promover la participación de los padres, tutores o representantes legales de los alumnos en la gestión del Centro educativo, a través de los Órganos previstos al efecto de la legislación vigente.

4) Ser el puente de comunicación entre todos los padres del Centro creando un buen clima entre los mismos para formar una auténtica Comunidad Educativa de acuerdo con el carácter propio del Centro y comprometiéndose con el mismo. Por ello la acción del Ampa y la educación que imparte el Centro debe ser coherente, y en consecuencia las relaciones Ampa y Colegio deben fomentarse y establecer un clima de diálogo con el fin de conseguir la mayor integración posible de nuestros hijos en el Centro, manteniendo una relación cordial y constante con el Colegio.

Artículo 3.- Actividades

Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades

Para el cumplimiento de estos fines, se realizarán todo tipo de actividades fundamentadas en los principios cooperativos que rigen el centro, en el respeto de los valores educativos que recoge la Constitución española, en especial el pleno desarrollo de la personalidad humana, en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

Artículo 4.- Domicilio y Ámbito.

El domicilio social de la Asociación se fija en el mismo centro educativo, sito en Avda. Acueducto, nº 3 de Meco, C.P. (28880) de Madrid y su ámbito de actuación comprende la Comunidad de Madrid.

Artículo 5.- Duración

La duración de la Asociación es ilimitada. No obstante, podrá disolverse si así lo acuerda la Asamblea General convocada al efecto.

CAPÍTULO II

ÓRGANOS DE LA ASOCIACIÓN

Artículo 6.- Órganos de gobierno y representación de la Asociación.

Los órganos de gobierno y representación de la Asociación son, respectivamente, la Asamblea General y la Junta Directiva.

CAPÍTULO III

ASAMBLEA GENERAL

Artículo 7.- Naturaleza.

La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación y estará integrada por todos los asociados. Su Presidente será el de la Junta Directiva.

Artículo 8.- Reuniones.

Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará una vez al año durante el primer trimestre, y las extraordinarias, en los supuestos previstos por la ley, previa convocatoria por la Junta Directiva o cuando lo solicite por escrito un número de asociados no inferior al 10 por 100.

Artículo 9.- Convocatorias.

Las convocatorias de las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, se harán por escrito, expresando el lugar, día y hora de la reunión, así como el orden del día. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos 15 días naturales, pudiendo así mismo hacerse constar si procediera la fecha en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior de media hora.

Por razones de urgencia, podrán reducirse los mencionados plazos.

Artículo 10.- Quórum de validez de constitución y quórum de adopción de acuerdos.

Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas cuando concurran a ellas, presentes o representados, al menos un tercio de los asociados.

Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos de las personas presentes o representadas, salvo en los supuestos de modificación de estatutos, disolución de la asociación, disposición o enajenación de bienes, e integración a federaciones o confederaciones en los que será necesaria una mayoría de 2/3 de votos de las personas presentes o representadas, decidiendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente, o de quien haga las veces.

Artículo 11.- Facultades de la Asamblea General Ordinaria.

Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:
a) Nombramiento de la Junta Directiva y sus cargos.

b) Examinar y aprobar los presupuestos anuales y las cuentas.

c) Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.

d) Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.

e) Acuerdo para constituir una Federación de Asociaciones o integrarse en alguna.

f) Expulsión de socios a propuesta de la Junta Directiva.

g) Solicitud de declaración de utilidad pública.

h) Disposición y enajenación de bienes.

i) Aprobar el Reglamento de Régimen Interior.

j) Cualquiera otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea extraordinaria.

Artículo 12.- Facultades de la Asamblea General Extraordinaria.

Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria la modificación de los Estatutos y la disolución de la Asociación.

CAPÍTULO IV

JUNTA DIRECTIVA

Artículo 13.- Naturaleza y composición.

La Junta Directiva es el órgano de representación que gestiona y representa los intereses de la Asociación de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Estará formada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y Vocales, designados por la Asamblea General entre los asociados mayores de edad, en pleno uso de sus derechos civiles que no estén incursos en motivos de incompatibilidad legalmente establecidos. Su mandato tendrá una duración de 4 años. Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán gratuitos.

El Presidente, Vicepresidente y el Secretario de la Junta Directiva serán, asimismo, Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Asociación y de la Asamblea General.

Artículo 14.- Procedimientos para la elección y sustitución de miembros.

La elección de los miembros de la Junta Directiva por la Asamblea General se realizará mediante la presentación de candidaturas, a las que se les permitirá la adecuada difusión, con una antelación de 4 a la celebración de la correspondiente reunión.

En caso de ausencia o enfermedad de algún miembro de la Junta Directiva, podrá ser suplido provisionalmente por otro de los componentes de ésta, previa designación por mayoría de sus miembros, salvo en el caso del Presidente que será sustituido por el Vicepresidente.

Los miembros de la Junta Directiva cesarán:

a) Por transcurso del periodo de su mandatos.

b) Por renuncia expresa.

c) Por acuerdo de la Asamblea General.

Artículo 15.- Reuniones y quórum de constitución y adopción de acuerdos.

La Junta Directiva se reunirá previa convocatoria, debiendo mediar al menos tres días entre ésta y su celebración, cuantas veces lo determine su Presidente y a petición de tres de sus miembros. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser adoptados por mayoría de votos. En caso de empate, será de calidad el voto del Presidente o de quien haga sus veces.


Artículo 16.- Facultades de la Junta Directiva.

Son facultades de la Junta Directiva:


1) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11, apartado h).

2) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.

3) Elaborar y someter a la aprobación de la Asamblea General los presupuestos anuales y las Cuentas.

4) Elaborar, en su caso, el Reglamento de Régimen Interior.

5) Resolver sobre la admisión de nuevos asociados.

6) Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación.

7) Velar por el cumplimiento de los Estatutos.

8) Coordinar y dirigir la labor de las Comisiones de Trabajo.

9) Convocar las Asambleas Generales.

10) Cualquiera otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General.

Artículo 17.- El Presidente.

El Presidente tendrá las siguientes atribuciones:

a) Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados.

b) Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva.

c) Dirigir las deliberaciones de una y otra.

d) Ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia.

e) Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje, resulte necesaria o conveniente para el desarrollo de sus actividades, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.

Artículo 18.- El Vicepresidente.

El Vicepresidente sustituirá al Presidente en ausencia de éste, motivada por enfermedad o cualquier otro motivo, y tendrá las mismas atribuciones que él.

Artículo 19.- El Secretario.

El Secretario tendrá a su cargo la dirección de los trabajos puramente administrativos de la Asociación, expedirá certificaciones, redactará las Actas de la Asamblea General y de las reuniones de la Junta Directiva, llevará los ficheros y custodiará la documentación de la entidad, remitiendo en su caso, las comunicaciones a la Administración, con los requisitos pertinentes.


Artículo 20.- El Tesorero.

El Tesorero recaudará los fondos pertenecientes a la asociación y dará cumplimiento a las órdenes de pago que expida el Presidente.

Artículo 21.- Los Vocales.

Los Vocales tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembro de la Junta Directiva y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta les encomiende.

CAPÍTULO IV

LOS ASOCIADOS

Artículo 22.- Requisitos para asociarse.

Podrán pertenecer a la Asociación todos los padres, tutores o representantes legales de los alumnos matriculados en el Centro, siempre que lo soliciten por escrito, acepten expresamente los estatutos y abonen las cuotas que se establezcan.

Artículo 23.- Derechos de los asociados.

a) Participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación.

b) Ejercer el derecho de voto, así como asistir a la Asamblea General.

c) Ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.

d) Ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él

e) Impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la ley o los estatutos

f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.

g) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.

Artículo 24.- Deberes de los asociados

Los asociados tendrán las siguientes obligaciones:


a) Compartir las finalidades de la asociación y colaborar para la consecución de las mismas

b) Asistir a las Asambleas Generales y a las reuniones del resto de los Órganos de la Asociación si forman parte de ellos.

c) Cumplir los presentes estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.

d) Abonar las cuotas que se fijen.

e) Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.

f) Notificar por escrito los cambios de domicilio.

g) Contribuir con su comportamiento al buen nombre y prestigio de la Asociación


Artículo 25.- Causas de pérdida de la condición de asociado.

La condición de socio se pierde:

a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.

b) Por baja en el Centro de los hijos o pupilos.

c) Por incumplimiento de sus obligaciones económicas.

d) Por incumplimiento grave y reiterado de los estatutos y acuerdos de la Asociación.

e) Por conducta incorrecta, por desprestigiar a la Asociación con hechos o con palabras que perturben gravemente los actos organizados por la misma y la normal convivencia entre los asociados.

En los supuestos de sanción y separación de los asociados, se informará en todo caso al afectado de los hechos que puedan dar lugar a tales medidas, y se le oirá previamente, debiendo ser motivado el acuerdo que, en tal sentido, se adopte.


CAPÍTULO V

RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN, CONTABILIDAD Y DOCUMENTACIÓN

Artículo 26.- Obligaciones documentales y contables.

La Asociación dispondrá de una relación actualizada de asociados. Asimismo, llevará una contabilidad donde quedará reflejado el patrimonio, los resultados, la situación financiera de la entidad y las actividades realizadas. También dispondrá de un inventario actualizado de sus bienes

En un Libro de Actas, figurarán las correspondientes a las reuniones que celebren sus órganos de gobierno y representación.

Artículo 27.- Recursos Económicos.

Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociación serán los siguientes:

a) Las cuotas de entrada, periódicas o extraordinarias

b) Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de los asociados o de terceras personas.
c) Cualquier otro recurso lícito.

Artículo 28.- Patrimonio Inicial y Cierre de Ejercicio.

La Asociación carece de Patrimonio inicial.

El cierre del ejercicio asociativo coincidirá con el último día del año natural.

CAPÍTULO VI

DISOLUCIÓN

Artículo 29.- Acuerdo de disolución.

La asociación se disolverá:

a) Por voluntad de los asociados expresada mediante acuerdo de la Asamblea General

b) Por imposibilidad de cumplir los fines previstos en los estatutos apreciada por acuerdo de la Asamblea General

c) Por sentencia judicial.

El acuerdo de disolución se adoptará por la Asamblea General, convocada al efecto, por mayoría de 2/3 de los asociados.

Artículo 30.- Comisión Liquidadora.

En caso de disolución, la Asamblea nombrará una comisión liquidadora de al menos tres personas. Los liquidadores, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante líquido lo destinará para fines benéficos, concretamente a la Fundación GSD.

Los liquidadores tendrán las funciones que establecen los apartados 3 y 4 del artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo.

Junta Directiva

El 16 de Septiembre de 2009 queda constítuida la nueva Junta Directiva del AMPA, y la relación de cargos son los siguientes:














































CARGO



NOMBRE





Presidenta


Mª del Pilar Márquez Villallba






Vicepresidenta


Mª Teresa Baca Cruces





Secretaria


Mª Isabel López Barroso





Tesorera


Felicidad Perez Moreno






Vocal



Inmaculada Rodríguez Privado





Vocal


Rosario González Adame






Vocal


Beatriz García De La Torre









Bienvenid@s al Blog

Los miembros de la Junta Directiva mediante esta web, queremos compartir nuestras ideas y proyectos y expresar las inquietudes.
Todas, somos madres como vosotras y trabajamos por nuestros hijos, que se lo merecen.
Es mucho el trabajo que nos queda por delante y creemos firmemente que vuestra colaboración es fundamental, por eso ponemos a vuestra disposición la creación de está página del AMPA, esperando sea el inicio de una efectiva y estrecha relación entre todos los padres.

El "Blog" es uno de los múltiples recursos que nos brinda internet, y pretendemos sea una herramienta de contacto y medio de comunicación rápido y actualizado con las familias asociadas donde se pueda manifestar opiniones, ponerse en contacto con el AMPA, descargar impresos y consultar servicios disponibles.
El objetivo primordial es disponer de un medio eficaz entre nosotros "los padres", ahorrando el consiguiente gasto de papel que ocasionamos al centro y que en ocasiones no llega a vosotros o lo hace de forma tardía.

Somos conscientes de las facilidades que nos prestan las nuevas tecnologías , pero al mismo tiempo os recordamos que el recurso más importante para poder participar somos nosotros mismos: todas y cada una de las personas que componemos la asociación. Por ello, damos la bienvenida al blog a todos aquellos padres que quieran participar con sus comentarios, ideas, sugerencias, etc., en tres palabras " Sois Muy BIENVENID@S".


Gracias de antemano por vuestra participación y colaboración.
 
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